JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 05 de Abril de 2006
195° y 147°
Vista la anterior Solicitud, presentada por el ciudadano: LEOMAR LEON NAVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº. V-5.033957, debidamente asistido por la Abogada: KATIUSCA VASQUEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº. 83.705. Désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. En consecuencia, por cuanto la misma no es contraria a derecho ni a ninguna disposición expresa de la Ley, se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, la presente solicitud contentiva de PROTESTO DE CHEQUE, a tal efecto, se ordena el traslado y constitución del Tribunal al Banco de Venezuela Agencia Mariara, Mariara, estado Carabobo, a los fines de que se levante el Protesto de Ley. Habilítese el tiempo necesario, por haber sido jurada la urgencia del caso, y solicitado por la parte interesada, con la carga por parte del sol.....