Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, decreta MEDIDA CAUTELAR de RESTITUCION en la POSESION del inmueble ubicado en la siguiente dirección: Urbanización Paraparal Primer Sector, Segunda Etapa, calle numero 6, Los Laureles, casa número 21 del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, a las presuntas AGRAVIADAS RAYMAR YSLENA BELISARIO CARBALLO y KIMBERLY MICHELS FIGUEROA BELISARIO, titulares de la cédula de identidad Nros. V-11.807.803 y V-26.306.260 respectivamente y ambos de este domicilio.
Se ordena comisionar a cualquier Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego para la práctica de esta medida cautelar. Líbrese oficio con despacho de comisión