Este tribunal deja constancia que hasta la presente fecha el contribuyente supra mencionado no ha efectuado el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva Nº 1193 de fecha 19 de febrero del 2013 dictada por este Juzgado , razón por la cual vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la misma, este tribunal de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir este expediente número 2652 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la Superintendencia del Servicio de Administración Tributaria del Estado Aragua (SATAR) , ahora Servicio Estadal de Tributos Aragua ( SETA), a los fines de que proceda a realizar la ejecución forzosa de la sentencia supra mencionada.