En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Transito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada el 02 de febrero de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que declaró la INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana LIRIS PAULINA DYER NAVA, a quien se le designó como TUTOR INTERINO a la ciudadana JANET EVELINA DYER NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad personal número V-4.519.313.-
Queda así CONFIRMADA la sentencia sometida a consulta.
No existe condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
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