este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Regístrese la presente decisión.- Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de apoderada judicial MARBELLA ESPINOZA debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 24.501 según consta de poder autenticado en la Notaría Pública 1° del Municipio Chacao del Distrito Metropolitano de Caracas en fecha 02/05/2011 No. 02 Tomo 162 el cual consigna previa certificación.
La Juez
Abg. GLADYS MIJARES LUY
El Secretario
Abg. ALEJANDRA GUZMAN