En mérito de la consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezolana y por autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda por DESALOJO, intentada por
JESUS ANTONIO MORA FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.247.690 e inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 54.514, actuando en su propio nombre y con el carácter de coheredero del ciudadano RUBICINDO MORA.
Se ordena el cierre y archivo de la presente causa, una vez que quede firme la presente decisión.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho de este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En .....