Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara que una vez revisado el desistimiento formulado acuerda impartirle la respectiva HOMOLOGACIÓN, por considerar que se encuentra ajustado a derecho, que no vulnera los derechos del trabajador, ni normas de orden publico, teniéndose dicho desistimiento con EFECTOS DE COSA JUZGADA; y en consecuencia concluido el proceso tan solo en lo que respecta a la COOPERATIVA AZUL Y CREMA; continuando la causa contra TRANSPORTE GUACARA C.A.; y así se establece.-