.- DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor de los ciudadano: JOSÉ RAUL PARRA MONTERO, Titular de la Cédula de Identidad No7.049.969, de conformidad con lo establecido en los artículos 46, 49, ordinal 7 y 300 ordinales 3º y 5º del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena el Cese de todas medidas de coerción o de aseguramiento dictado y de protección impuestas durante el proceso al acusado.
2.- Se acordó , con vista a los señalamientos efectuados por la victima en la Audiencia de verificación, así como de los escritos antes mencionados, se refieren a hechos distintos y posterior al vencimiento del Régimen de Prueba de la Suspensión Condicional del Proceso, se acuerda remitir copia certificada de los mismos a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, a los fines legales consiguientes por ser el órgano competente para examinar los hechos antes precisados por la ciudadana víctima y determine lo conducente