En merito de las anteriores consideraciones este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo actuando en Sede Constitucional, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano CRISTIAN MARCELO STIPANOV AMPUERO, de nacionalidad Chilena, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº E-81.973.489, debidamente asistido por el abogado JESUS ZUBILLAGA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.681, en contra de la actuación judicial dictada en fecha 29 de Noviembre de 2018 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Valencia. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay expresa condenatoria en co.....