Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE, para conocer, sustanciar y decidir la presente Solicitud de DIVORCIO 185-A, planteada por la Ciudadana MARIA ROSALBA DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V-9.223.185 y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada MARBELLA COROMOTO ARGUELLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 156.378. SEGUNDO: En cuanto a la Admisión de este asunto, se hace saber que este Tribunal por auto separado proveerá lo conducente en la oportunidad legal respectiva.