DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello y Juan José Mora administrando justicia en sede contencioso administrativo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de nulidad ejercido por la parte actora en contra del acto administrativo Nº 00285, dictado en fecha 10 de Junio de 2014, expediente Nº 049-2014-01-00169, por la Inspectoria del Trabajo de los municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del Estado Carabobo.
SEGUNDO: Se ANULA la Providencia recurrida.
TERCERO: Se repone la causa al estado que el funcionario administrativo del trabajo dicte decisión de mérito respecto a la controversia planteada.
Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión en el Tribunal.
Dada,.....