DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega la Medida de Secuestro y Embargo Preventivo solicitada por la ciudadana HILDA ROSA ALVARADO DE PACHECO, debidamente asistida por la abogada MARLENE PULIDO VIDAL, contra el ciudadano VICTOR PEREZ ATUNCAR, todos ya identificados, en el juicio seguido por DESALOJO.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los Treinta (30) días del Mes de Octubre de 2009, siendo la 02:30 de la tarde. Año 199° de la Independencia y 150° de la Federación. Publíquese. Diaricese. Regístrese y anótese en los libros respectivos. Déjese copia en el copiador de sentencias.
La Jueza Temporal,
Abg. ODALIS MARIA PARADA MARQUEZ.
La Secretaria Titular,
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