Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTOS, presentada por las ciudadanas OLIDAY ESTHER PEREZ OLMOS y SODELIX DEL SOCORRO PEREZ OLMOS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.146.273 y V-7.146.272, respectivamente y de este domicilio, a través de su apoderada judicial abogada KARINA ALESSANDRA GARZON GODOY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 306.463. SEGUNDO: SE ORDENA a la Oficina de Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, y al Registro Principal del Estado Carabobo, estampar la respectiva nota marginal en el Acta que corre inserta en el Libro .....