DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de los Ciudadanos y Ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y la Autoridad que le confiere la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley, declara: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: ALVARADO SENDRON DINA DISAN Y MOLINA PEREZ WINSTON OLIVER, venezolanos, mayores de edad, de las cedulas de identidad Nº V- 12.854.379, y Nº V- 10.458.716, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio: MOLINA JESUS LEAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 155.610.En consecuencia, se declara: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL celebrado en fecha 16 Septiembre 1997, asentado, en el Libro de Registro de Matrimonios llevados por ante EL PREFECTO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DEL ESTADO CARABOBO, (AHORA REGISTRADORA (O) CIVIL DE LA PARROQUIA MARIARA DEL MUNICIPIO .....