DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión recurrida de fecha 27/02/2025, publicada en fecha 07 de marzo de 2025, emitida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, que se le sigue al imputado FREDY ALIRIO NOGUERA MOLINA titular de la cédula de identidad V-3.295.991, acusado por la representación fiscal por el delito de INVASION, siendo cambiada su calificación jurídica por el Juez de Control en la audiencia preliminar por el delito de delito de USURPACIÓN DE LINDEROS previsto y sancionado en el artículo 471 del Código Penal, en el asunto principal signado con la nomenclatura D-2025-079641, vista la.....