Por las consideraciones  antes expuestas, y al haber transcurrido más de un (01) año sin actividad procesal, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara:  LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA,  en el juicio seguido por  el ciudadano YONATHAN PALENCIA,  contra  RESTAURANTE PIZZERIA GIANNI¨S, y GIANNI PATANO.,  conforme  a lo establecido en el artículo 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.