En merito de las consideraciones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado Séptimo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de NULIDAD de Asamblea incoada por la ciudadana MARY ALICIA CAPRILES MENDOZA contra PUSAN MOTORS C.A., TULIO CAPRILES MENDOZA, y MARY MENDOZA DE CAPRILES, todos identificados en autos.
SEGUNDO: Se declara NULA y sin ningún efecto, la Asamblea de accionistas de la empresa PUSAN MOTORS C.A. el 25 de agosto de 2007 e inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el 28 de noviembre de 2007, bajo el Nº 09, Tomo 88-A.
TERCERO: Se declara que no tiene TULIO CAPRILES MENDOZA la cualidad de Presidente ni la de Vice-Presidente de Pusán Motors, C.A. y tampoco tiene MARY MENDOZA SERRANO .....