En el día hábil de hoy treinta (30),de junio de dos mil ocho, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia la comparecencia de la empresa, DP WORLD PUERTO CABELLO, representada `por la abogado MARIO DE SANTOLO, inscrito en el inpreabogados nº 88.244, quien consigna copia de poder previo cotejo con su original, se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadano RIVERO CARLOS, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado alguno por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINA.....