Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, es por lo que este Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los guayos, Naguanagua y San diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Sede Civil, administrando justicia, en Nombre de la Repùblica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara. PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana CELESTE DE ZAHALAN, debidamente asistida por el abogado KAMIL ZELAA, identificados en autos, contra el ciudadano MARCIAL DE JESUS RIVAS MORENO, por Resoluciòn de Contrato de Arrendamiento.
SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha 11 de Febrero de 1992.
TERCERO: Se condena al demandado Marcial Jesús Rivas Moreno, a hacer entrega del inmueble anteriormente determinado, totalmente desocupado a la demandante CELESTE DE ZAHALAN, solvente en el pago de luz, agua, condominio y gas.
CUARTO: Se niega el pago demandado.....