DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora, del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, a los fines de dictar sentencia, considera después de un minucioso análisis de las actas procésales que rielan en el presente expediente y administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR la demanda, a tenor de los siguientes particulares: PRIMERO: CON LUGAR EL DESALOJO que incoara el ISAIAS SIMONS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-2.781.940, asistido y posteriormente representada por el Abogado ISAAC JOSUE ESTRADA CASTAÑEDA, Inpreabogado No 203.719; contra la ciudadana AMADA GABRIELA COELLO ARNAEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.890.974, debidamente asistida por el Abogad.....