Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte actora. PARCIALMENTE CON LUGAR acción incoada por el ciudadano WALDO ESCALONA DABOIN quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.688.835 contra la Sociedad de Comercio "IMGEVE CARABOBO" C.A.
En estos términos queda REVOCADA la sentencia recurrida