En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE EN RAZÓN DEL TERRITORIO, para conocer de la presente comisión de mandamiento de ejecución en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMATORIA, fuera intentada por la Sociedad Mercantil DELGADO R y ASOCIADOS C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 02 de junio de 1981, bajo el Nro. 71, tomo 4-C, posterior cambio de domicilio, inscrito en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 26 de agosto de 2014, bajo el Nro. 17, t.....