DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación formulado por el abogado Rubén Darío Pimentel en su carácter de apoderado judicial de la accionada.
SIN LUGAR, el Recurso de Apelación formulado por la ciudadana Maritza Molina, y SIN LUGAR la acción incoada contra la sociedad anónima COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.).
CON LUGAR el Recurso de Apelación formulado por las ciudadanas Ingrid Bisamon y Rosa Navas y CON LUGAR las acciones contra la sociedad de comercio COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, (C.A.N.T.V.) condenando a ésta última a reconocer a la actoras su condición de JUBILADAS y a pagarles las pensiones mensuales que se hubieren causado, a partir d.....