En orden a lo anteriormente señalado, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley declara:
DESISTIDO, el recurso de apelación interpuesto por el abogado YBRAIN VILLEGAS, en su carácter de apoderado judicial de CARNICERÍA Y CHARCUTERÍA PAREDES, C.A. y solidariamente el ciudadano JESÚS RIVAS PAREDES, de conformidad con la diligencia suscrita y en consecuencia se procede como sentencia pasada por Autoridad de Cosa Juzgada, y se ordena la suspensión de la audiencia fijada para el día 02 de octubre. Y así se decide.
CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sede Puerto Cabello, en fecha 13 de julio de 2017. Y así se decide.
ORDENA remitir el presente asunto al Tribunal .....