Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA y condena a la parte demandada como lo es, PROTECCIÓN Y SEGURIDAD FAMILIAR (PROSEFA) C.A, a pagar la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 2.926.399,50).
No hay condenatoria en costa y habiéndose publicado la presente decisión en el tiempo hábil, no es procedente la notificación. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo.