En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara improcedente la tutela cautelar innominada solicitada con motivo de la demanda interpuesta por la sociedad de comercio FABRICA NACIONAL DE AUTOBUSES FANABUS, C.A., para la disolución de la organización sindical denominada SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LAS EMPRESAS FABRICANTES Y ENSAMBLADORAS DE AUTOBUSES, AFINES Y CONEXOS DEL ESTADO CARABOBO (SINTRAFAENAUTO)