En orden a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Terminado, por abandono del tramite, el procedimiento sustanciado con motivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano EDISSON RAMÓN CRESPO GÓMEZ, titular de la cédula de identidad 12.641.423, asistido por la abogado Genny Marín, Procuradora Especial de Trabajadores en el Estado Carabobo e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 102.674, frente a las violaciones de derechos de rango constitucional que denuncia transgredidos por IMPREGILO S.P.A., como consecuencia de su incumplimiento a la providencia administrativa 1597 del 30 de Noviembre de 2010 dictada en el expediente administrativo 080-2010-01-02156 l.....