CON LUGAR la solicitud de Divorcio por mutuo consentimiento fundamentada en la sentencia N° 693 de fecha de 02 de junio del año 2015, formulado por los ciudadanos KATIUSKA ERMELINDAD CRESPO ABREU y JORGE LUIS QUERALES COTUFFO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-11.204.234 y V-7.103.412, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogada JANET JUDITH PALMA DIAZ, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 290.625.