Cumplidas las formalidades exigidas para la evacuación de la presente solicitud y analizados como han sido los recaudos y las actuaciones acompañadas a la misma, promovidas por los solicitantes y evacuadas por ante este mismo Juzgado, este tribunal las considera suficiente para acreditarle el decreto de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: ALIDA JOSEFINA HERNANDEZ FLORES, HEIDY YENITZA HERNANDEZ FLORES, CARLOS ALFONZO HERNANDEZ SALAZAR, LEIDY MAIRELIS HERNANDEZ FLORES, ARDENIS RAINER HERNANDEZ FLORES y HEINSOHN SAUL HERNANDEZ SALAZAR, respectivamente, todos antes identificados
y de este domicilio, del De Cujus ELI SAUL HERNANDEZ HERNANDEZ, quien en vida fuera padre de los mencionados ciudadanos. Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE DECLARA.....