Quién suscribe SE INHIBE del conocimiento de la presente causa signada con el Nro. GJ01-P-2003-000444, seguida al (los) ciudadano: FRANCISCO ANTONIO LUGO GARCIA. Todo lo cual se desprende de las copias certificadas que del Acta y Auto de Apertura a Juicio de la Audiencia Preliminar, que se acompaña al presente auto en consecuencia a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 94 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena formar cuaderno separado para el trámite de la Inhibición planteada y se remite la actuación original a la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los fines de su redistribución, hasta tanto se produzca el pronunciamiento, por parte de la Corte de Apelaciones por lo que se deberá proceder a la redistribución, formar cuaderno separado, se le agregue la presente acta, y sea remitido a la Corte de Apelaciones. Pásese al sistema de información, dialícese, guárdese copia y certifíquese el presente auto por secretaría. Dar el.....