´En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO; Administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTAS DE NACIMIENTO intentada por la abogada en ejercicio BERENICE ESLAVA ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 288.351., apoderada judicial de las ciudadanas ANA JULIETTE DURÁN ESLAVA y ANDREA TIBISAY DURÁN ESLAVA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-18.241.369 y V-20.382.998; ambas de este domicilio; SEGUNDO: SE ORDENA la rectificación del Acta de Nacimiento, Nro. 803, tomo II, año 1990, inserta en los Libros de Nacimiento llevados por la Oficina de Regist.....