Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones Penal y de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada ANA ELIZABETH BLANCO JIMENEZ, en su condición de defensora Pública, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en fecha 03 de Junio de 2013, mediante la cual NEGO por IMPROCEDENTE la solicitud de decaimiento de la Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad al ciudadano RONNY ALEXANDER APONTE SEQUERA, en el asunto principal Nº GP01-P-2010-004162, por la presunta comisión de los delitos de: COMPLICIDAD CORRESPECTIVA EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, LESIONES PERSONALES, VIOLACION Y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en l.....