AUTO. QUE DIFIERE INPECCIÓN JUDICIAL EXTRA¿LITEM.
Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado JOSÉ MONTILLA MONTILLA, actuando con el carácter de Defensor Público Segundo en materia agraria, y en representación del ciudadano CARLOS EDUARDO OCHOA MONTENEGRO, en la cual solicita se difiera la inspección fijada para éste día, éste Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se difiere la práctica de la inspección judicial extra litem en el predio a que se contrae la presente solicitud a instancia de parte.