REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 28 de septiembre de 2010
200º y 151º


AUTO. QUE DIFIERE INPECCIÓN JUDICIAL EXTRA–LITEM.

Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado JOSÉ MONTILLA MONTILLA, actuando con el carácter de Defensor Público Segundo en materia agraria, y en representación del ciudadano CARLOS EDUARDO OCHOA MONTENEGRO, en la cual solicita se difiera la inspección fijada para éste día, éste Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se difiere la práctica de la inspección judicial extra litem en el predio a que se contrae la presente solicitud a instancia de parte.

El Juez
JOSÉ DANIEL USECHE ARRIETA

La Secretaria Accidental
ANHEICAR A. GONZALEZ C.




















TITULO SUPLETORIO.
Nº 00031