Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el abogado FREDDY TORRES, en su carácter de Apoderado Judicial de la actora contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 31 de julio del año 2006.-
¿ Queda en estos términos CONFIRMADA la decisión recurrida.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la acción.-