DECLARA: dichas pruebas son suficientes para asegurarle a los solicitantes ciudadanos JANETH CAROLINA CEDEÑO VALLADARES, FELIX ANTONIO CEDEÑO VALLADARES, FERNANDO RAFAEL CEDEÑO VALLADARES, MARY CARMEN CEDEÑO VALLADARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°V-7.102.778, V-7.110.974, V-7.110.970, V-7.139.406, respectivamente, y todos de este domicilio; su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana CARMEN ELODIA VALLADARES DE CEDEÑO, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.835.454, y falleció en la Urbanización la Isabelica, Sector 13 vereda 18, casa n°12 parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia, Edo Carabobo, según acta de defunción signada con el N° 874. Tomo IV, año 2025, emitida por Registro de la Parroquia Candelaria, Municipio Valencia, estado Carabobo. Devuélvase originales de las actuaciones.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA.