Por los razonamientos antes señalados, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estadio Carabobo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por la entidad de trabajo SERVICIOS PRIVADOS DE SEGURIDAD LA VUELTOSA COMPAÑÍA ANONIMA (SEPRISEV., contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº PA/USCC Nº 0020-2008 de fecha 28 de mayo de 2008., dictada por la DIRECCION ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES CARABOBO "Dra OLGA MARIA MONTILLA" (DIRESAT CARABOBO).