Por todos y cada uno de los razonamientos expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA, intentaran los Ciudadanos CESAR RAMON GONZALEZ RUIZ y FE MARIA HERNANDEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros° V-3.843.864 y 7.264.102, respectivamente, mediante su Apoderado Judicial Abogado RAFAEL BELLERA SOLORZANO, Inpreabogado N° 49.181, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL CHALET INVERSIONES, C.A., Inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del estado Carabobo, en fecha 13 de Marzo de 1996, bajo el N° 39, Tomo 26-A. Representada por el Ciudadano YANNIS AMIR HASSAN .....