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DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el demandante, ciudadano DAVID JOSÉ GREGORINI OSTROWSKI; SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva dictada en fecha 04 de noviembre de 2024, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Se condena en costas procesales a la parte perdidosa por cuanto la sentencia recurrida resultó confirmada.
Remítase el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.
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