VI
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, conforme a lo establecido en los artículos 12, 206 y 398 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 26 y 257 de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada BARBARA ESPINOZA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-25.382.253, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 309.211, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante INVERSIONES HMR, C.A., contra el auto dictado el día 5 de junio de 2.024, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual, negó la admisión de documentales que fueron promovid.....