Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte actora contra el auto dictado en fecha 23 de febrero del año 2006 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por Calificación de Despido incoare la ciudadana MARISELA PEÑA contra la Sociedad de Comercio "CASA VALENCIA", RESTAURANT BAR C.A.-
En estos términos queda REVOCADO el auto recurrido.-