REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Puerto Cabello, 27-noviembre-2006
196º y 147º
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana SANDRA PATRI-CIA DELGADO VARGAS, debidamente asistida por la abogada ESTILITA RUIZ, Inpreabogado No. 95.938, mediante la cual desiste del procedimiento, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil; produciéndose el efecto de la extinción de la instancia conforme a lo preceptuado en el artí-culo 266 eiusdem. Asimismo se acuerda desglosar del expediente los anexos consignados con el libelo dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos y para la elaboración de las copias se comisiona a la ciudadana ALIDA GONZALEZ RODRIGUEZ, cédula de identidad No. V-7.150.110, quien junto con la Secretaria firmar.....