REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Puerto Cabello, 27-noviembre-2006
196º y 147º

Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana SANDRA PATRI-CIA DELGADO VARGAS, debidamente asistida por la abogada ESTILITA RUIZ, Inpreabogado No. 95.938, mediante la cual desiste del procedimiento, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil; produciéndose el efecto de la extinción de la instancia conforme a lo preceptuado en el artí-culo 266 eiusdem. Asimismo se acuerda desglosar del expediente los anexos consignados con el libelo dejando en su lugar copia fotostática certificada de los mismos y para la elaboración de las copias se comisiona a la ciudadana ALIDA GONZALEZ RODRIGUEZ, cédula de identidad No. V-7.150.110, quien junto con la Secretaria firmará la certificación y cada uno de sus folios. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente para su posterior remisión al Archivo Judicial.
La Juez,


Abogada CLAUDIA A. OLAVARRIA

La Secretaria,


Abogado MARITZA RAFFO PAIVA,


En la misma fecha se hizo lo ordenado.

La Secretaria,
Exp No. 2006-7679
CAO/MRP/Alida.