En este estado el identificado actor debidamente asistido, manifiesta que está conforme con la cancelación producida en este acto ya que satisface la consecuencia de la pretensión como es la manifestación de persistencia en el despido representado por los salarios caídos, la indemnización prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, más los conceptos de ANTIGÜEDAD y DIAS ADICIONALES, VACACIONES FRACCIONADAS, BONO VACACIONAL FRACCIONADO, UTILIDADES FRACCIONADAS, HORAS EXTRAS, BONO NOCTURNO Y DIAS COMPENSATORIOS; reservándome el ejercicio de accionar contra la demandada como consecuencia de cualquier diferencia de los conceptos aquí cancelados resultare a mi favor. Como consecuencia de lo expuesto las partes suscriben el presente contrato de transacción de conformidad con lo establecido en el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 10 y 11 del Reglamento de la .....