Declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en virtud de haber operado la perención de la instancia, establecida en el ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de NULIDAD DE DOCUMENTO intentada por el ciudadano YNGINIO RAMON LEON TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.370.296; asistido en este acto por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA RAMIREZ FIGUEROA, abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 116.279 contra el ciudadano GREGORIO VALDEZ LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 1.364.989.