DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación ejercida por la abogado NORYS BARCENAS PEÑA inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 115.524, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado MANUEL BELLERA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 10.902, en su carácter de apoderado judicial de la empresa INDUSTRIAS DIANA, C.A.
TERCERO: SE REVOCA la sentencia de fecha 17 de mayo de 2006 dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
CUARTO: SIN LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos BRUNO SANDOVAL, HUMBERTO POLANCO Y CAR.....