SIN LUGAR la presente demanda intentada por los abogados Williams de Jesús Latuf Delgado y Jordán Alberto Martínez Contreras, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 203.688 y 314.404, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana YELITZA DEL VALLE HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.030.657, con motivo de Reconocimiento de Unión Estable de Hecho, en contra de las ciudadanas MARTHA GABRIELA HERNÁNDEZ y ROTCY ARIANA HIDALGO JIMÉNEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad V-26.611.187 y V-19.182.429.
Se condena en costas procesales a la parte totalmente vencida de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.