CUARTO: En consecuencia y a los fines de garantizarle a la parte accionante Sociedad Mercantil MERCANTIL, CA BANCO UNIVERSAL, representada por los abogados WESLEY SOTO LÓPEZ y YANELIS VEGA AVILA, plenamente identificados a los autos, la posibilidad de ejecución de la sentencia definitiva que debe recaer en esta causa, en el supuesto que le fuese favorable sin que esto pueda ser considerado como pronunciamiento sobre el Thema Decidendum, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, llenos como se encuentran los extremos de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 585, ordinal 3° del 588 y 600 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal DECRETA: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre:
Cinco (05) inmuebles que formaron parte integral de tres (03) parcelas de terreno y los inmuebles sobre ellas construidas identificadas como Porciones N° 01, N° 02 y N° 03 del Lote N°.....