UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de la ciudadana: GLADYS CRESENCIA QUIÑONES DE BRISUELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.163.661; sobre unas bienhechurías, construidas en una extensión de terreno de su propiedad, que mide CIENTO VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECIMETROS (129,25 Mts2), ubicados en el barrio Libertad, Avenida 70, calle 32, Casa Nro. 12, Parroquia Juan José Flores del Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo. Con los siguientes linderos y medidas: NORTE: En 11.00 mts., con inmueble que es o fue de Luís Venegas; SUR: En 11.00 Mts. Con callejón de la segunda escalera; ESTE: En 11.75 Mts., con la primera escalera que es su frente; y OESTE: En 11.75 Mts., con callejón de la primera escalera. Dichas bienhechurías constan de una casa de habitación construida con paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, y con sus respectivas puertas y ventanas, construidas de las siguientes maneras: una sala.....