Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 11 de octubre de 2012, por el ciudadano JOSE ALFREDO FLORES MARTINEZ, asistido por el abogado JUAN FLORES, contra la sentencia definitiva dictada el 04 de octubre de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- SEGUNDO: CON LUGAR LA ACCIÓN MERO DECLARATIVA, incoada por la ciudadana REYLIS YOJHANA CORDERO ESCOBAR, contra el ciudadano JOSE ALFREDO FLORES MARTINEZ. En consecuencia, SE DECLARA RECONOCIDA la unión estable de hecho entre los ciudadanos REYLIS YOJHANA CORDERO ESCOBAR y JOSE ALFREDO FLORES MARTINEZ, desde el mes de agosto de 1995, hasta el mes de marzo de 2007.
Queda así CONFIRMADA la sen.....